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Al tener trabajadores sin contrato se esta vulnerando el derecho del trabajador a estar dado de alta y cotizando en la Seguridad Social, lo que implica la comisiA³n de una falta grave que se sanciona con una multa de entre 3.126 y 10.000 20ac.
Un contrato mercantil es el documento que establece una relacion mercantil entre una empresa y un trabajador autA³nomo. Mediante este tipo de contrato, la empresa puede contratar los servicios de un trabajador autA³nomo, sin que este deba formar parte de la empresa.
Los autonomos son aquellos trabajadores que realizan una actividad econA³mica para una tercera persona sin estar sujetos a ningAºn tipo de contrato de trabajo.Este contrato podrA¡ firmarse para la ejecuciA³n de una determinada acciA³n o una serie de ellas. TambiA©n para la prestaciA³n de uno o mA¡s servicios.
Tramo 1: primeros 12 meses: cuota de 60 euros (reduccion del 80% sobre la cuota base). Tramo 2: meses 13 a 18: cuota de 143,10 euros (reducciA³n del 50%). Tramo 3: meses 19 a 24: cuota de 200,30 euros (reducciA³n del 30%).
En cuanto a la cuota, el autonomo TRADE se considera un autA³nomo mA¡s. Por lo tanto, durante el primer aA±o, podrA¡ pagar a la Seguridad Social 60 euros al mes. Y, despuA©s, terminarA¡ pagando la misma cantidad que cualquier otro autA³nomo, segAºn su base de cotizaciA³n.
Para que puedas hacer un calculo aproximado, te dirA© que el coste de contratar a un trabajador en el rA©gimen general ronda el 30% sobre el salario base.
Si el contrato es por obra, trabajo determinado o de duracion inferior a 30 dAas, el plazo se reduce a 5 dAas. La falta de contrato escrito hace presumir legalmente que son estipulaciones del contrato las que declare el trabajador. AdemA¡s, la no escrituraciA³n del contrato se sanciona con multa de una a cinco UTM.
El contrato tiene que ser registrado en el Servicio Publico de Empleo Estatal. El trabajador tiene un plazo de 10 dAas hA¡biles para registrarlo desde la firma del contrato. Una vez registrado deberA¡ comunicar su inscripciA³n al cliente en el plazo de 5 dAas hA¡biles.
2. ¿CuA¡nto paga un Trade? El trabajador autA³nomo econA³micamente dependiente (Trade) tiene que pagar y declarar sus impuestos (IRPF e IVA) en sus declaraciones trimestrales y anuales como cualquier otro autA³nomo. AdemA¡s, debe abonar mensualmente la cuota de autA³nomos a la Seguridad Social.