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El inquilino esta obligado a pintar, si los danos en la vivienda los provoca el. El arrendador, debera pintar el piso de alquiler para mantener las condiciones de habitabilidad, o por el desgaste habitual como consecuencia del paso del tiempo.
Se trata de la instalacion electrica, la del agua, la del gas o la de la calefaccion; tambien las obras de conservacion del techo, paredes o suelo del inmueble; o la reparacion de humedades originadas por defectos del propio edificio.
Aqui, los alquileres suelen cobrar la comision al inquilino, y en algunos casos tambien al propietario. Ademas, al mismo tiempo, cada empresa privada cuenta con su propia politica de honorarios donde estipulan sus precios y tarifas en el libre mercado.
Los desperfectos ocasionados en el piso debidos a un mal uso correran a cargo del inquilino, ya que este tiene la obligacion de conservar la vivienda en las condiciones que se la entregaron.
Los gastos generales de la comunidad de propietarios para el adecuado sostenimiento del inmueble que correspondan a la vivienda arrendada seran de cargo del arrendatario.
Existen varias maneras de presentar una queja (ver video): Llame al numero gratuito 1-800-669-9777 (presione 2 para espanol). Imprima, complete y envie un formulario a la Oficina de Equidad de Vivienda e Igualdad de Oportunidades de HUD.
El contrato manda Casero: paga el IBI, la comunidad de vecinos, la tasa de basuras, el seguro de la casa y seguros de mantenimiento (caldera...). Inquilino: paga todo lo que puede medirse con contadores individuales (el agua, la luz, el gas, el telefono...).
Depende de lo que establezcan el dueno de la vivienda y quien va a residir en ella de inquilino. Es una cuota que establecen ellos en un contrato interno. Lo mas comun es que sea el casero quien se haga cargo de ellos. Aunque es perfectamente legal que el arrendador quiera cargar dichos gastos al arrendatario.
Para ser aviso escrito adecuado, su carta tiene que decir que usted esta terminando su arrendamiento y necesita incluir la fecha al fin del mes en cual se va a mudar. Entonces, por ejemplo, su carta dirija, Estoy terminando nuestro arrendamiento al fin de abril.
En resumen, el arrendador es el propietario del inmueble, mientras que el inquilino es el arrendatario.