Salario en un Contrato de Formación en Alternancia Si el trabajador dedica el 65% de las horas de su contrato al trabajo en la empresa y el 35% restante a la formación, su salario será el equivalente al 65% del SMI. El SMI para 2024 es de 1.134 euros, distribuido en 14 pagas.
El contrato para la formación y el aprendizaje está destinado a favorecer el acceso al primer empleo de los jóvenes. Uno de sus objetivos es dotar de una cualificación profesional a los trabajadores en un régimen que alterna la formación con la actividad laboral retribuida en una empresa.
ÂżCuánto se cobra por un contrato de formaciĂłn? Los trabajadores que se encuentren bajo esta modalidad de contrataciĂłn cobrarán, como mĂnimo, la parte proporcional al salario mĂnimo interprofesional (SMI). A la fecha en 2023, la cantidad del SMI es de 1.080 €.
DuraciĂłn: Sera la prevista en el correspondiente plan o programa formativo, con un mĂnimo de 3 meses y un máximo de dos aos. Salario: Sera la establecida para estos contratos en el convenio colectivo de aplicaciĂłn.
Este es el contrato que tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores mediante la práctica en el trabajo y la formación en un centro de aprendizaje. Esto se realiza en un régimen de alternancia por el cual el trabajador tendrá que trabajar en ciertos periodos y formarse en otros.
Contrato de aprendizaje es aquel por el cual un empleado se obliga a prestar servicio a un empleador, a cambio de que éste le proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica y completa del arte u oficio para cuyo desempeo ha sido contratado, por un tiempo determinado, y le pague el salario ...
El salario mĂnimo de los contratos de formaciĂłn para la obtenciĂłn de la práctica profesional es el salario mĂnimo interprofesional, que en 2023 es de 36 euros al dĂa o 1080 euros al mes para una jornada laboral completa, sin pagas extra prorrateadas.
Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formaciĂłn y el aprendizaje y se establecen las bases de la formaciĂłn profesional dual.
En defecto de previsión convencional, la retribución no podrá ser inferior al 60 % el primer ao ni al 75 % el segundo, respecto de la fijada en convenio para el grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeadas, en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Incentivos. Cuando la contrataciĂłn se celebre con un trabajador desempleado, inscrito como demandante de empleo: El contrato de formaciĂłn en alternancia dará derecho, durante su vigencia, incluidas sus prĂłrrogas, en los tĂ©rminos establecidos en el artĂculo 10, a una bonificaciĂłn de 91 euros/mes.